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Impuesto de Sucesiones en Gipuzkoa (2026)

Gipuzkoa tiene su propia norma del Impuesto de Sucesiones, distinta de la del resto de España.

El cónyuge o pareja de hecho, los hijos y demás descendientes y los padres y demás ascendientes tienen exentos los primeros 400.000 € de lo que heredan y pagan un 1,5 % por lo que pase de esa cifra.

Grupos de parentesco

GrupoReducción
Grupo I
Cónyuge o pareja de hecho, descendientes o ascendientes en línea recta por consanguinidad, adoptantes o adoptados (art. 44.1.a)
400.000 €
Grupo II
Colaterales de 2º y 3º grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad
16.150 €
Grupo III
Colaterales de 4º grado, colaterales de 2º y 3º grado por afinidad, grados más distantes y extraños
8.075 €

Plazo

1 año desde el día del fallecimiento (art. 69.1; confirmado en la página oficial del modelo 670). Donaciones y demás supuestos: 30 días hábiles.

Dónde se presenta

Hacienda Foral de Gipuzkoa, modelo 670. Manda la residencia habitual del fallecido: si vivía en Gipuzkoa, la herencia tributa con su norma foral aunque los herederos vivan en otra comunidad.

Norma

Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOG 17-3-2022; vigente desde 17-4-2022; deroga la NF 3/1990). Texto vigente (divulgativo, no oficial) publicado por la Hacienda foral con modificaciones hasta la Norma Foral 1/2025, de 9 de mayo (BOG 15-5-2025). Reglamento: Decreto Foral 1/2023, de 17 de enero.

Para casos con discapacidad, empresa familiar, vivienda habitual o seguros de vida, consulta la norma y el simulador o la oficina de la hacienda foral.

Herencias por provincia en Gipuzkoa

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