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Calculadora del Impuesto de Sucesiones 2026

Elige la comunidad donde vivía el fallecido, tu parentesco y lo que heredas. La calculadora aplica la reducción por parentesco, las de vivienda habitual, seguros y discapacidad, la tarifa, el coeficiente por patrimonio previo y la bonificación de esa comunidad.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Comparativa por comunidades

Lo que paga un hijo de 35 años y un hermano según dónde vivía el fallecido, sin vivienda ni seguros y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €:

ComunidadHijo de 35 con 100.000 €Hijo de 35 con 300.000 €Hijo de 35 con 800.000 €Hermano con 100.000 €
Andalucía0 €0 €0 €17.502 €
Aragón0 €0 €55.467 €15.871 €
Cantabria0 €0 €0 €6.686 €
Castilla y León0 €0 €810 €17.668 €
Extremadura0 €0 €555 €17.668 €
Galicia0 €0 €0 €13.372 €
Illes Balears0 €0 €0 €5.651 €
Principado de Asturias0 €0 €141.450 €17.659 €
Canarias9 €50 €193 €17 €
Comunitat Valenciana0 €319 €1.710 €13.337 €
Comunidad de Madrid98 €514 €1.952 €8.826 €
Ceuta98 €514 €1.953 €8.834 €
La Rioja98 €514 €1.953 €17.668 €
Melilla98 €514 €1.953 €8.834 €
Región de Murcia98 €514 €2.030 €17.668 €
Castilla-La Mancha0 €7.710 €39.054 €17.668 €
Cataluña0 €10.350 €68.938 €12.896 €

Cómo se calcula

  1. Base imponible: el valor de lo que heredas, menos tu parte de las deudas y los gastos del entierro, más los seguros de vida.
  2. Reducciones: por parentesco, discapacidad, vivienda habitual del fallecido, seguros de vida y las propias de cada comunidad. El resultado es la base liquidable.
  3. Cuota íntegra: se aplica la tarifa de la comunidad (o la estatal) a la base liquidable.
  4. Coeficiente multiplicador: según el parentesco y el patrimonio que ya tenías antes de heredar.
  5. Bonificación: muchas comunidades bonifican el 99 % o el 100 % de la cuota a hijos, cónyuge y padres.

No incluye las reducciones por empresa familiar, explotaciones agrarias, bienes del patrimonio histórico ni las de cada comunidad por casos especiales.