Impuesto de Sucesiones en Araba/Álava (2026)
Araba/Álava tiene su propia norma del Impuesto de Sucesiones, distinta de la del resto de España.
El cónyuge o pareja de hecho, los hijos y demás descendientes y los padres y demás ascendientes tienen exentos los primeros 400.000 € de lo que heredan y pagan un 1,5 % por lo que pase de esa cifra.
Grupos de parentesco
| Grupo | Reducción |
|---|---|
| Grupo 0 Cónyuge o pareja de hecho, descendientes o ascendientes en línea recta por consanguinidad, adoptantes o adoptados (art. 22.1) | 400.000 € |
| Grupo I Colaterales de 2º y 3º grado por consanguinidad, ascendientes y descendientes por afinidad (incluidos los resultantes de pareja de hecho) | 38.156 € |
| Grupo II Colaterales de 4º grado, colaterales de 2º y 3º grado por afinidad, grados más distantes y extraños | 0 € |
Plazo
6 meses desde el día siguiente al fallecimiento (10 meses si el fallecimiento ocurrió en el extranjero). Prórroga ordinaria automática de otros 6 meses, con intereses de demora desde el fin del plazo inicial; prórroga extraordinaria de 6 meses más solicitada antes de expirar la ordinaria, con recargo del 5 % (art. 38). Donaciones: 30 días hábiles.
Dónde se presenta
Hacienda Foral de Álava, modelo 650. Manda la residencia habitual del fallecido: si vivía en Araba/Álava, la herencia tributa con su norma foral aunque los herederos vivan en otra comunidad.
Norma
Norma Foral 11/2005, de 16 de mayo, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOTHA nº 60, 27-5-2005, Suplemento), texto consolidado publicado por la Diputación Foral de Álava con las modificaciones hasta la Norma Foral 3/2025, de 9 de abril (BOTHA nº 44, 16-4-2025). Reglamento: Decreto Foral 7/2006.
Para casos con discapacidad, empresa familiar, vivienda habitual o seguros de vida, consulta la norma y el simulador o la oficina de la hacienda foral.
