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Herencias en Santa Brígida: trámites, oficinas e impuestos

Tramitar una herencia en Santa Brígida empieza por el certificado de defunción y termina inscribiendo los bienes a nombre de los herederos. Entre medias hay dos impuestos con seis meses de plazo: el de Sucesiones, que regula Canarias, y la plusvalía municipal.

Las fincas de Santa Brígida se inscriben en el Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria Nº 01.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Santa Brígida es el del partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Funeraria San Mateo · Vega de San Mateo (a 3,8 km)
    • Tanatorio Municipal de Valsequillo · Valsequillo de Gran Canaria (a 4,7 km)
    • Benigno Rodríguez Domínguez · Teror (a 5,5 km) · 928 63 08 82
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas.

    Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas
    C/ Reyes Católicos, 47, bajo, 35001, Las Palmas de Gran Canaria 928 33 26 04
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Santa Brígida y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Agencia Tributaria Canaria (ATC), con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en Santa Brígida, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. Las fincas de Santa Brígida corresponden a este registro:

    Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria Nº 01
    León y Castillo, 421 - 2º - local B, 35007 928 26 11 12 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en Santa Brígida

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Canarias (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años9 €50 €193 €
Un hijo de 16 años4 €41 €183 €
El cónyuge6 €45 €188 €
Un hermano17 €84 €313 €
Un sobrino17 €84 €313 €
Un amigo (sin parentesco)24.831 €110.934 €400.245 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Canarias

Plusvalía municipal en Santa Brígida

No tenemos los coeficientes de la plusvalía municipal de Santa Brígida: el Ayuntamiento no los ha comunicado al Ministerio de Hacienda o se aplican los máximos legales. Pregunta en el Ayuntamiento o consulta su ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en Santa Brígida

Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria Nº 01
León y Castillo, 421 - 2º - local B, 35007 928 26 11 12 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas
C/ Reyes Católicos, 47, bajo, 35001, Las Palmas de Gran Canaria 928 33 26 04

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Santa Brígida

Con las normas de Canarias. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de Santa Brígida

Registro propioLas Palmas

Vega de San Mateo

A 4,1 km
Registro propioLas Palmas

Teror

A 5,5 km
Registro propioLas Palmas

Valsequillo de Gran Canaria

A 5,9 km
Registro propioLas Palmas

Valleseco

A 7,6 km

Preguntas frecuentes

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Santa Brígida?

En el Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria Nº 01, que es el que corresponde a las fincas de Santa Brígida. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Santa Brígida?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Las Palmas de Gran Canaria, que es la que atiende Las Palmas.

¿Cuánto se paga por heredar en Santa Brígida?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Canarias. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 50 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.